¿Qué son las medidas alternativas?
¿En qué consisten?
Las Medidas Alternativas a la contratación de personal discapacitado, consisten en:
Donación o acción de patrocinio a favor de una asociación declarada de utilidad pública o de una fundación, cuyos objetos sociales sean la formación profesional, la inserción laboral y la creación de puestos de trabajo a favor de personas con discapacidad.
Compra de bienes y/o servicios a un Centro Especial de Empleo o trabajador autónomo con discapacidad.
¿Cuándo se produce la excepcionalidad, para que la empresa se acoja a las medidas alternativas, al cumplimiento de la cuota de reserva?
¿Cuáles son las medidas a las que puede acceder la empresa como alternativa excepcional al cumplimiento de la cuota de reserva?
Hacer donaciones o patrocinar actividades de inserción laboral a favor de personas con discapacidad, desarrolladas por ENTIDADES DE UTILIDAD PÚBLICA como COCEMFE Asturias que tengan entre sus actividades la inserción laboral o la creación de empleo a favor de personas con discapacidad .
El importe anual de estas donaciones o actividades de patrocinio será de, 1,5 veces el IPREM anual por cada discapacitado dejado de contratar.
Así si tengo que tener 1 trabajador contratado y no lo tengo, la suma de las donaciones será de 1,5 X IPREM X 1.Si son 2,5 la suma de los contratos será de 1,5 X IPREM X 2,5.
Otra opción, que además se puede combinar con la anterior es realizar contratos de prestación de bienes o servicios con uno o varios centros especiales de empleo (trabajadores con discapacidad). La suma total del importe de estos contratos tiene que estar por encima de la cantidad marcada por la normativa.
Actualmente la normativa estipula la suma de la cuantía a contratar será como mínimo (puede ser mayor a elección de la empresa que quiere cumplir) de 3 veces el IPREM vigente multiplicado por el número de trabajadores dejados de contratar por debajo del mencionado 2%.
Así si tengo que tener 1 trabajador contratado y no lo tengo, la suma de los contratos a suscribir será de 3 X IPREM X 1.
Si son 2,5 la suma de los contratos será de 3X IPREM x 2,5
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------
¿Cómo se calcula el número de trabajadores en plantilla para aplicar la cuota del 2% sobre el total?
Preguntas frecuentes
Páginas
Te puede interesar