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Modificación de los baremos y procedimiento de calificación del grado discapacidad

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El Real Decreto 888/2022, establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. Este decreto también define los baremos aplicables y los órganos competentes para garantizar una evaluación uniforme en todo el país. El grado de discapacidad se califica según el alcance, en base a criterios técnicos unificados y baremos especificados en los anexos del decreto.

El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 es responsable de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de derechos sociales y atención a personas dependientes o con discapacidad.

Se ha notado la existencia de errores en los baremos contenidos en los anexos del decreto, lo que requiere correcciones para asegurar que se correspondan con los acordados por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la dependencia. Así, se modificarán los siguientes anexos: (I, II, III, IV, V y VI) incorporando su contenido íntegro en el artículo único.

En línea con la Ley 39/2015, esta orden se adhiere a los principios de buena regulación, respondiendo a la necesidad y eficacia para corregir errores en los baremos actuales. Cumple con el principio de proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, pues no impone cargas administrativas adicionales ni afecta a las existentes.

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