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El CERMI pide a la Seguridad Social que mejore las pensiones de las mujeres con discapacidad que han sido madres

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El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha reclamado que el futuro Real Decreto para la Aplicación y Desarrollo del Complemento por Maternidad en las Pensiones del Sistema de la Seguridad Social, que se está tramitando actualmente, introduzca una mejora reforzada de las pensiones para las mujeres con discapacidad que hayan sido madres.

El CERMI plantea esta demanda en el marco de la  fase de audiencia e información pública del real decreto impulsado por el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, cuyo objetivo es dotar de una mayor transparencia y seguridad jurídica al complemento de las pensiones de jubilación, viudedad e incapacidad permanente que entró en vigor con la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado de 2016.

Como recoge el texto legal que se está tramitando, el objetivo principal de este complemento es reconocer la contribución demográfica al sistema de Seguridad Social de las mujeres trabajadoras que han compatibilizado su carrera laboral con la maternidad. Además, pretende “reducir las consecuencias de la discriminación sufrida históricamente por las mujeres y colaborar en la disminución de la brecha de género que desde el ámbito laboral se traslada al de las pensiones de la Seguridad Social”.

Con este fin, se aprobó con los PGE de 2016 un incremento de las pensiones del 5% para las mujeres con dos descendientes, del 10% para las que han tenido tres y del 15% para las madres con cuatro o más. En todos los casos computan tanto los hijos biológicos como en adopción.

Pero a juicio del CERMI, la norma no tiene en cuenta adecuadamente a las mujeres con discapacidad que han sido madres, a las que se les debe compensar las mayores dificultades a las que han tenido que hacer frente.

En este sentido, la propuesta del CERMI plantea que el incremento de la pensión de jubilación, viudedad e incapacidad permanente sea un 5% superior en cada caso para las madres con discapacidad (un 10% con dos hijos, un 15% con tres y un 20% con cuatro o más).

En opinión del CERMI, es clara la interpretación de la Ley General de la Seguridad Social de que este complemento es aplicable también sobre las pensiones de jubilación anticipada en caso de discapacidad, aunque la entidad considera que se debería reforzar este aspecto.

Para ello, sugiere que se incorpore en el real decreto que prepara el Gobierno un apartado que recoja que “el complemento por maternidad se aplicará a las pensiones de jubilación anticipada por razón de la actividad o en caso de discapacidad, conforme a lo previsto en el artículo 206 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social”.

 

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