En la mañana de ayer la Presidenta de COCEMFE Asturias, comparece en la Junta General del Principado de Asturias en la sesión de la Comisión de Servicios Sociales, a propuesta del Grupo Parlamentario Popular en la COMPARECENCIA INFORMATIVA acerca del PROYECTO DE LEY DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS DE GARANTIA DE DERECHOS Y PRESTACIONES VITALES
En relación a este documento y tras comentar que según los datos facilitados por la Administración regional en nuestra Comunidad Autónoma hay aproximadamente 107.272 personas con algún tipo de discapacidad (de las cuales casi el 50 % tiene una discapacidad física y/u orgánica), es decir un 10,37 % de la población, EXPONE en relación al contenido del texto legal lo siguiente:
- Las personas con discapacidad tienen unos gastos derivados de la CIRCUNSTANCIA de la discapacidad, lo que hace que se parta de una situación peor en relación a una persona que no tiene una discapacidad E: gastos de obras de accesibilidad, medicación, pañales, tratamientos, productos de apoyo (silla de ruedas, andadores, muletas, bastones, etc..)
- Es una realidad que las personas con discapacidad y sobre todo las más dependientes, se encuentran en ocasiones en el grupo de personas de especial vulnerabilidad y por ello necesitan de una mayor protección y atención
- Que el derecho a una vivienda DIGNA y asequible debe poder hacerse efectivo para las personas con discapacidad que necesiten una vivienda y un edificio accesible. Para eso se SOLICITA que las viviendas de titularidad pública que se ofrecen por parte de la Administración, cumplan con las exigencias de Accesibilidad Universal y Diseño para todas las personas
Se pide asimismo que en el programa municipal de acceso a la vivienda se contemple una relación de los inmuebles y viviendas accesibles
- Se traslada la necesidad de acuerdos con las ENL para la realización de actividades de incorporación social a través de las formulas legalmente previstas
- Se pide una mayor eficacia y coordinación entre servicios sociales y empleo
- Una gran noticia es el complemento a las pensiones no contributivas de la seguridad social para aquellas personas que viven solas y su equiparación a los ingresos anuales obtenidos con el Salario Social Básico
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