¿Es lo mismo dependencia que discapacidad?
![](/fotos/images/r.png)
No, una persona se encuentra en situación de dependencia, sin perjuicio del grado de discapacidad que pueda tener, cuando concurren, además de una limitación física, mental, intelectual o sensorial, dos factores fundamentalmente: la incapacidad de la persona para realizar por sí misma actividades de la vida diaria, y la necesidad de asistencia o cuidados de una tercera persona.
¿Cuál es el objeto de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de Dependencia?
![](/fotos/images/r.png)
Reconocer un nuevo derecho subjetivo de la ciudadanía en el ámbito estatal: el derecho a la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, mediante la creación del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD).
¿Tienen derecho a la asistencia jurídica gratuita las personas con discapacidad?
![](/fotos/images/r.png)
Si, las personas con discapacidad tienen
derecho a la asistencia jurídica gratuita. Se podrá reconocer el
derecho a la asistencia jurídica gratuita a las personas con discapacidad (con mínimo el 33% de grado de discapacidad y las que tienen reconocida una incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, y a los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio) así como a las personas que los tengan a su cargo cuando actúen en un proceso en su nombre e interés.
Abarcando los siguientes derechos:
- El asesoramiento y orientación que se precise antes de un proceso judicial.
- La asistencia de letrado al detenido o preso.
- La defensa y representación por abogado y procurador en los procedimientos judiciales en que sea parte una persona con discapacidad o entidad asociativa de utilidad pública.
- La asistencia pericial en los procesos.
- La exención de los depósitos que fueran obligatorios en la interposición de recursos, obtención de copias, testimonios.
- Inserción de anuncios o edictos que fueran obligatorios en un procedimiento.
- Así como la reducción en derechos arancelarios en los registros y notarios que tuviera relación directa con el proceso en el que intervenga una persona con discapacidad.
Otras cuestiones de interes